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  • El caso de los fotógrafos y el matrimonio homosexual

    La campaña para redefinir el matrimonio está intrincadamente relacionada con el terco hábito de castigar a aquellos que no están de acuerdo con la redefinición y que por tanto sostienen que el matrimonio es la unión de un hombre y una mujer.

    El 31 de mayo se nos volvió a recordar esta situación, cuando la Corte de Apelaciones de Nuevo México ratificó una sentencia que halló a Elane Photography, de Albuquerque, culpables de discriminación por motivos de orientación sexual por declinar ser los fotógrafos en una ceremonia de compromiso entre personas del mismo sexo.

    Se trataba de una ceremonia entre dos mujeres en Taos y la corte acordó que Elane debía pagar casi $6,700 por los honorarios del abogado de las demandantes, aunque la pareja encontró a otro fotógrafo para que les grabase el evento. Los propietarios de Elane Photography habían declinado fotografiar la ceremonia debido a que el mensaje expresado por dicha ceremonia entraba en conflicto con sus creencias cristianas.

    La Corte de Apelaciones de Nuevo México rechazó la defensa de las libertades religiosa y de libre expresión planteada por los abogados de la Fundación Alianza para la Defensa (ADF), que está defendiendo a Elane y a sus propietarios, Jon y Elaine Huguenin. El 27 de junio, la ADF recurrió este caso ante la Corte Suprema de Nuevo México y, si fuera necesario, lo recurrirá ante la Corte Suprema de Estados Unidos.

    En este caso, el conflicto con la libertad religiosa viene de una ley de no discriminación y Nuevo México no concede reconocimiento legal a la relación de pareja entre personas del mismo sexo. Pero es probable que tales conflictos aumenten en las jurisdicciones que conceden reconocimiento legal a las uniones de personas del mismo sexo.

    Esta sentencia es peligrosa ya que los propietarios de la empresa no renunciaron  a sus derechos recogidos en la Primera Enmienda por un asunto económico. Un redactor de discursos no se está implicando en una “discriminación religiosa” cuando declina una oferta para redactar un discurso que ataca el catolicismo o que defiende el ateísmo. Un camarógrafo negro que declina filmar una concentración del Ku Klux Klan está ejercitando su derecho de conciencia, no está incurriendo en una discriminación racial contra la gente blanca. La Primera Enmienda protege el derecho de la gente a rechazar la promoción de un mensaje al que se oponen.

    Incluso aquellos que respaldan el reconocimiento legal de las uniones de personas del mismo sexo deberían respaldar a Elane Photography en este caso. Si el gobierno puede castigar a estos dos propietarios de una empresa por negarse a fomentar un mensaje con el que están en desacuerdo, entonces el gobierno puede castigar a cualquier propietario de una empresa por mantener convicciones que no están de moda.

     

    La versión en inglés de este artículo está en Heritage.org.

     

    Posted in Actualidad, Análisis, Constitucionalismo, Corte Suprema, Destacables, Estados, Estudios, Familia y Religión, Matrimonio, Opinión, Pensamiento Político