La Declaración de Independencia es el documento fundacional de la tradición política americana. En ella se articulan las ideas fundamentales que forman la nación americana: Todos los hombres son creados libres e iguales y poseen los mismos derechos naturales e inherentes. Los gobiernos legítimos, por lo tanto, deben estar basados en el consentimiento de los gobernados y debe existir “para garantizar estos derechos”.
Desde un punto de vista práctico, la Declaración de Independencia anunciaba públicamente al mundo la decisión unánime de las trece colonias americanas de separarse de Gran Bretaña. Pero su verdadero significado revolucionario, entonces así como ahora, es la declaración de una nueva base de legitimidad política en la soberanía del pueblo. La apelación final de los americanos no fue a ningún decreto hecho por el hombre o espíritu en evolución, sino a los derechos que poseen todos los hombres. Estos derechos se encuentran en las imperecederas “Leyes de la Naturaleza y en el Dios de la Naturaleza”. Como tal, el significado de la Declaración trasciende las particularidades del tiempo y las circunstancias.
Las circunstancias en las que se escribe la Declaración nos hacen apreciar aún más lo excepcional de sus afirmaciones. La guerra contra Gran Bretaña había durado más de dos años, cuando el Congreso Continental, a raíz de una resolución de Richard Henry Lee el 7 de junio de 1776, nombró un comité para explorar la independencia de las colonias de Gran Bretaña. John Adams, Benjamín Franklin, Roger Sherman y Robert Livingston se dirigieron a su colega Thomas Jefferson para que redactara un borrador de una declaración formal que se presentó, con pocas correcciones, al Congreso. El 2 de julio el Congreso votó por la independencia y procedió a debatir el texto de la Declaración, que fue, con la supresión notable de la vehemente condena a la esclavitud por parte de Jefferson, aprobada por unanimidad en la noche del 4 de julio. Cada 4 de julio, Estados Unidos celebra no el acto mismo de la independencia (proclamada el 02 de julio), sino más bien la proclamación pública de los principios detrás del acto.
La Declaración consta de tres partes: el famoso preámbulo, una lista de acusaciones contra el rey Jorge III y una conclusión. El Preámbulo resume los principios fundamentales de la autonomía gubernamental americana. La lista de acusaciones contra el rey presenta ejemplos de la violación de esos principios. La emotiva conclusión exige obligación, acción y sacrificio.
Preámbulo (y primer párrafo; A pesar de ser un documento que justifica la guerra revolucionaria, la Declaración argumenta de principio a fin las bases de la razón universal presentando un “decente respeto por las opiniones de la humanidad” y apelando a “las leyes de la Naturaleza y al Dios de la Naturaleza”.
Verdades evidentes en sí mismas: La Declaración cimienta a Estados Unidos y su gobierno sobre verdades evidentes en sí mismas, tales como la igualdad humana y ciertos “derechos inalienables”. Las verdades son evidentes en sí mismas, aunque no en el sentido de que resulten ser obvias a primera vista para todos, sino más bien planteando la lógica o evidente conclusión de lo que la humanidad ilustrada entiende por un ser humano. Las verdades evidentes en sí mismas tampoco se limitan a una época o a una nación, sino que son tan ciertas hoy como lo fueron en 1776, tan ciertas en Estados Unidos como en la China contemporánea o en la antigua Grecia. Hacer valer esos derechos es el desafío de la política americana.
Derechos: Tales derechos son reconocidos y afirmados en las libertades inherentes de la naturaleza humana-el derecho a la propiedad, por ejemplo. No son simplemente poderes ni tampoco son simplemente anhelos o deseos. “Dotados por su Creador,” estos derechos trascienden la capacidad de cualquier gobierno para destruirlos (aunque quién posee derechos a matar o esclavizar hombres y mujeres es, por supuesto, otro asunto). Por lo tanto, estos derechos inherentes o naturales producen un gobierno legítimo y niegan la legitimidad de cualquier gobierno justificado, por ejemplo, solamente por herencia, religión, clase, raza o riqueza.
Igualdad: Así concebido, el gobierno americano se trata fundamentalmente sobre los derechos o la libertad. Sin embargo, estos Derechos se derivan de la igualdad de todos los hombres. Esta primacía de la igualdad, obviamente, no significa una igualdad de fuerza, carácter, promedios de bateo, o destreza al escribir; tampoco se refiere a reivindicar una igualdad comunista de resultados o condición. De hecho la idea de la igualdad de la Declaración prohibiría tal nivelación arbitraria de la naturalmente diversa condición humana. Cualesquiera que sean nuestras diferencias, existe una identidad humana fundamental que es que nadie nace para gobernar o ser gobernado. La igualdad en este sentido, por tanto, requiere que el gobierno legítimo se base sobre “el consentimiento de los gobernados”.
La búsqueda de la felicidad; El propósito de tal gobierno legítimo, a su vez es proteger “ciertos Derechos inalienables”, incluyendo “la vida, la libertad y la búsqueda de la felicidad”. Los derechos culminan en la búsqueda (es decir, la vocación, no la persecución) de la felicidad. Y dicha felicidad no se refiere a autosatisfacción o a un absorto placer, sino más bien una vida vivida con todo su potencial el avance humano.
El derecho a la revolución: Políticamente, el derecho más importante es el derecho de autogobierno, el cual toda la Declaración explica detalladamente, tanto en la teoría y como en la práctica. La violación del gobierno por consentimiento provoca el derecho, si no el deber, “del pueblo” (no de un individuo molesto o de una turba) para “alterar o abolir” al gobierno que destruya esos derechos y de “instituir un nuevo gobierno” que les traiga “su seguridad y felicidad”. Todo el texto de la Declaración revela atención tanto a las necesidades vitales (“seguridad” o el derecho a la vida) como a las aspiraciones más elevadas (“la felicidad”).
Acusación. Los 27 cargos en contra del rey enumeran en aumento de gravedad sus violaciones de los derechos civiles, políticos y naturales de los colonos americanos. La Declaración presenta una “larga serie de abusos” que culminaron en la “tiranía absoluta”. Las legítimas revoluciones- aquellas que protegen los derechos naturales de las personas- requieren más que de “motivos leves y transitorios”. El rey ha impedido nuestros derechos no sólo a nuestra búsqueda de la felicidad, sino también a la libertad y a la vida misma.
Conclusión: El rey es un tirano “, no es apto para ser el gobernador de un pueblo libre,” sordo a la voz de la justicia y la humanidad. El Congreso está obligado a proclamar la libertad de las colonias y la independencia de los estados y los delegados empeñan el uno al otro sus “vidas,…hacienda y… sagrado honor”.
Casi cincuenta años después, Jefferson describió la Declaración como “una expresión de la mente americana…. Toda su autoridad descansa… en los sentimientos de llevar armonía al día…”. La Declaración entreteje filosofía, teología e historia política, tanto la mente como la experiencia americana. Un documento secular, la Declaración, no obstante necesita de la religión para su autoridad. Por lo tanto, Dios es mencionado o referido en cuatro ocasiones, con tres capacidades: como legislador (Leyes de la Naturaleza y del Dios de la Naturaleza), como el Creador (o ejecutivo), Juez Supremo del mundo y como guardián (Divina Providencia).
La primera de las cuatro leyes orgánicas de Estados Unidos, la Declaración puede carecer de fuerza legal, pero sigue siendo sin embargo la fuente de toda autoridad política legítima. No es de extrañar que el mayor expositor de la Declaración, Abraham Lincoln, se refirió a ella como algo más que “un documento meramente revolucionario”. Por primera vez una nación se constituyó sobre sí misma basándose en lo que tiene en común con el resto de los pueblos a lo largo de la geografía y de la historia y por lo tanto dio esperanza e inspiración a todo el mundo. La Declaración creó Estados Unidos y con ello un “nuevo orden de los tiempos” (Novus Ordo Seclorum) en la historia del autogobierno humano.
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