Fue 11 años después de la Declaración de Independencia y cuatro años después de la victoria americana en la Guerra de Independencia, cuando un pequeño grupo de delegados se reunieron en Filadelfia para crear una nueva carta estatutaria para gobernar la joven nación. El resultado fue la más duradera, exitosa, envidiable e imitada constitución que jamás haya conocido la humanidad. La Constitución de Estados Unidos ha garantizado un grado de libertad humana sin precedentes, defendiendo el Estado de Derecho, asegurando las bendiciones de la libertad y proporcionando el marco para que el pueblo de Estados Unidos construya una gran nación próspera y justa como ninguna otra en el mundo.
George Washington pensaba que era “poco menos que un milagro” que los delegados pudiesen haberse puesto de acuerdo sobre la Constitución. Los americanos ya se habían tropezado en este camino antes. Estados Unidos había establecido una previa constitución en 1781, Artículos de la Confederación. Según los Artículos, cada estado se regía por medio de representantes electos, y los representantes estatales a su vez elegían un gobierno central débil, uno tan débil que era inoperante. Esta liga de estados, creada precipitadamente durante tiempos de guerra, tenía que ser sustituida por un verdadero gobierno.
El reto consistía en concebir acuerdos institucionales estables que reconciliaran un gobierno de la mayoría con los derechos de las minorías, es decir, que reflejaran el consentimiento de los gobernados, pero que evitara la tiranía de la mayoría. La nueva constitución necesitaría garantizar los derechos prometidos en la Declaración de Independencia y hacerlo a través de una forma republicana de gobierno. Los Fundadores respondieron con una constitución escrita que creó un gobierno fuerte de poderes limitados, con entonces novedosas instituciones como la separación de poderes y el federalismo.
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Redacción y ratificación de la Constitución. Del 25 de mayo al 17 de septiembre de 1787, delegados de 12 estados se reunieron en lo que hoy es el Salón de la Independencia (Independence Hall) en Filadelfia buscando “formar una Unión más perfecta” y establecer un gobierno que “asegure las bendiciones de la libertad para nosotros mismos y nuestra posteridad”. La Convención Constitucional fue uno de los más notables grupos jamás reunidos. No sólo estaban allí los líderes de la lucha por la independencia, tales como Roger Sherman y John Dickinson y destacados pensadores que estaban adquiriendo prominencia, como Gouverneur Morris, James Wilson, además de los autores de El Federalista James Madison y Alexander Hamilton, sino también figuras legendarias como Benjamin Franklin y George Washington, quien fue elegido como presidente de la Convención. Todos los estados estuvieron representados, a excepción de Rhode Island, que temía un gobierno nacional fuerte y se negó a enviar delegados. Adams declaró que los tres meses y medio de la Convención fueron “la tentativa más grande de deliberación nacional que el mundo jamás haya visto”. Jefferson la describió como “una asamblea de semidioses”.
Desde el Comité del Detalle y el Comité de Estilo, Gouverneur Morris elaboró un proyecto final que los delegados revisaron. En el último día de la Convención, el 17 de septiembre de 1787, ahora celebrado como el Día de la Constitución, Benjamín Franklin, el patriarca del grupo de 81 años de edad, elogió a la Constitución como, posiblemente, la mejor escrita jamás. Comentó sobre el sol pintado en la parte posterior de la silla de George Washington: Ahora, “tengo la dicha de saber que se trata de un sol naciente y no de una puesta de sol”. Los 39 delegados que permanecieron durante los cuatro meses, en representación de 12 estados, firmaron la Constitución y la enviaron al Congreso de la Confederación quedando la Convención clausurada oficialmente.
El 28 de septiembre, el Congreso envió la Constitución a los Estados, que a su vez la remitieron a convenciones de ratificación elegidas por el pueblo. De acuerdo con el Artículo VII de la Constitución, el nuevo gobierno se aprobó con la ratificación del noveno estado, Nuevo Hampshire, el 21 de junio de 1788.
La Constitución. En sus siete Artículos de unas 4,500 palabras, la Constitución original es la “ley suprema del país”, distribuye competencias a los tres poderes del gobierno y a los estados y les niega otros. Comenzando con las palabras “We the People”, “Nosotros, el Pueblo”, el Preámbulo hace que la Constitución sea creación del pueblo americano, no de los estados.
Artículo I (Congreso): Todos los poderes legislativos “aquí otorgados” en la nueva Constitución al Congreso están cuidadosamente enumerados, en especial el Artículo I, Sección 8. La Constitución parecía hacer sólo modestos cambios a los Artículos de la Confederación, con nuevas competencias para regular el comercio entre los estados y para adjudicar impuestos “directos” de acuerdo a la población. El Congreso sólo tiene las competencias delegadas al mismo por la Constitución. Además, algunas competencias del Congreso están divididas entre la Cámara y el Senado. Esta última o Cámara Alta aprueba o desaprueba los tratados y los nombramientos presidenciales, tales como los jueces federales
Artículo II (el Presidente): En contraste con la lista de competencias específicas del Artículo I, en el Artículo II “El Poder Ejecutivo residirá en el presidente de Estados Unidos de América”. El presidente es el Comandante en Jefe del Ejército y de la Armada y, con el consentimiento del Senado, nombra a los jueces y otros funcionarios federales y celebra tratados con otras naciones. El Presidente desempeña un papel importante en la legislación a través del poder de veto otorgado en el Artículo I, Sección 7 y también es el encargado de “velar por el fiel cumplimiento de las leyes”. Sin embargo, la implicación es que hay un poder ejecutivo inherente al cargo en sí mismo. Incluso antes de su modificación, el sistema de selección del Colegio Electoral favorecía la elección de los presidentes ejecutivos con amplia aceptación nacional, no una simple mayoría popular que pudiera derivarse de una sección de la nación.
Artículo III (Las Cortes): Aunque el Poder Judicial es un poder independiente, su estructura en el Artículo III refleja su dependencia de los dos poderes electos. El Poder Judicial reside en “una Corte Suprema y en aquellas cortes inferiores que periódicamente el Congreso creará y establecerá. La función más importante del Poder Judicial es tomar las decisiones en los “Casos” y “Controversias”, es decir, las demandas. A partir de esta necesidad de resolver los casos contra una ley fundamental, la Corte Suprema ejercería un tácito poder de revisión judicial- decidir si las leyes estatales o federales en litigio eran constitucionales. Este poder extraordinario vitalicio de los jueces está limitado por el principio más fundamental de los poderes separados, que consiste en que los tres poderes están obligados a defender la Constitución.
Artículo IV-VII: Se dará plena fe y crédito en cada estado a las leyes y decisiones de todos los demás estados y los ciudadanos de cada estado tendrán derecho a todos los privilegios e inmunidades de los ciudadanos en los distintos estados. Asimismo, podrá admitir nuevos Estados como tal, no como colonias, en igualdad de condiciones que los 13 estados fundacionales.
El proceso para enmendar la Constitución se describe en el Artículo V y el Artículo VI hace a la Constitución de Estados Unidos la “suprema Ley del País” además se obligará a funcionarios federales y estatales mediante juramento a hacerla cumplir. También contiene una expresión significativa acerca de la libertad religiosa en su prohibición de requerir requisitos religiosos para desempeñar cargos públicos. En el Artículo VII se explica cómo la Constitución ha de ser ratificada para que entre en vigor.
Declaración de Derechos: La falta de una declaración de derechos, como la que se encontraba en la mayoría de las constituciones estatales, por ejemplo en la Declaración de Derechos de Virginia, se convirtió en grito de batalla para los antifederalistas durante el debate de ratificación. Los defensores de la Constitución (dirigidos por Madison) acordaron añadir una en la primera sesión del Congreso. Ratificadas el 15 de diciembre de 1791, las primeras diez enmiendas la Declaración de Derechos incluyen amplias restricciones al gobierno federal y a su capacidad de limitar ciertos derechos fundamentales así como cuestiones de procedimiento. Las enmiendas IX y X brevemente resumen la doble teoría de la Constitución: el propósito de la Constitución es proteger los derechos que no derivan del gobierno, sino del pueblo mismo y los poderes del gobierno nacional se limitan sólo a aquellos que les sean delegados por la Constitución en nombre del pueblo.
La esclavitud, la mujer y la Constitución: La monumental excepción de la garantía de los derechos fundamentales de la Constitución, por supuesto, fue la esclavitud. Aunque las palabras “esclavo” o “esclavitud” se mantuvieron fuera de la Constitución (Madison escribió en sus notas que los delegados “pensaron que sería un error admitir en la Constitución la idea de que los hombres podrían ser una propiedad”), los Fundadores realizaron tres concesiones en la representación (la famosa y mal entendida Cláusula 3/5), el comercio de esclavos y la devolución de los esclavos fugitivos, en aras de la unanimidad. Ante las protestas de los norteños que querían que los esclavos fueran completamente excluidos de la determinación de la representación, la Cláusula 3/5 aumentó el poder de los Estados esclavistas en la Cámara en un 60% más. Al final, fue necesaria una guerra civil para reconciliar la protección de la Constitución con los principios expresados en la Declaración de Independencia. Sin embargo, contrariamente al mito popular, nada de lo dispuesto en la Constitución impide a las mujeres o a los negros votar ni a ocupar el cargo presidencial. Las leyes estatales produjeron estas restricciones. Los negros podían votar en cinco de los 13 estados fundacionales y las mujeres pudieron votar por un tiempo en Nueva Jersey. Es de destacar que las partes irreformables de la Constitución (Art. V) se refieren al fin de la trata de esclavos y a la igual representación de los estados en el Senado.
Enmiendas: Además de las enmiendas de la época de la Guerra Civil se encuentran las enmiendas de la era progresista y del New Deal respecto a los impuestos sobre ingresos, la elección popular de senadores, la Ley Seca, el sufragio femenino y los mandatos y elecciones presidenciales. Otras se refieren a Washington, la representación del Distrito de Columbia (DC.) en el Colegio Electoral, la votación y la sucesión presidencial. La enmienda más reciente, la XXVII, fue ratificada en 1992, 203 años después de que James Madison la escribiese y propusiese como parte de la Declaración de Derechos original.
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La Constitución no sólo ha perdurado sino que ha servido de modelo para el mundo, un documento que reflejó un debate franco y la aplicación de la experiencia y la filosofía a una crisis inmediata. Más flexible que un código y, sin embargo, una disciplina que se antepone a los caprichos, la Constitución sigue siendo un triunfo de la mente y el carácter americano por encima de las vicisitudes de la fortuna.
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