Por Robert Alt
En El Federalista, Alexander Hamilton se refiere a la magistratura como el Poder menos peligroso del Estado, afirmando que los jueces en virtud de la Constitución no poseerían «ni fuerza ni voluntad, sino únicamente discernimiento». No obstante, las cortes han ejercido gran poder marcando el rumbo al presidente en temas tan trascendentales como, por ejemplo: la forma de actuar en la guerra y la microadministración de los estados acerca de los detalles más nimios sobre escuelas locales y administración de prisiones. ¿Cuál es el papel apropiado de las cortes de justicia?
«[L]a acumulación de todos los Poderes –Legislativo, Ejecutivo y Judicial— en las mismas manos, sean las de uno, de pocos o de muchos; sean hereditarias, autonombradas u optativas, puede declararse merecidamente como la definición misma de la tiranía».
– James Madison, El Federalista 47
Los Fundadores estudiaron filosofía política así como el auge y la caída de las naciones a lo largo de la historia. Cuando se enfrentaron a la tiranía en sus propias costas, se rebelaron contra la peligrosa consolidación del poder de la monarquía británica. Usando la razón y la experiencia, los Fundadores supieron ver que el gobierno puede convertirse en una amenaza para la libertad a través del abuso de sus poderes y buscaron evitarlo mediante la separación de poderes en el gobierno federal de Estados Unidos. Pensaron que esta separación de poderes junto con un sistema de pesos y contrapesos haría que «la ambición…contrarreste la ambición». En lugar de depender de que los propios cargos públicos se abstuvieran (lo cual dado el poder de la ambición no es nada seguro) o en normas escritas (que son demasiado fáciles de ignorar), los Fundadores le dieron a cada Poder el ejercicio de la autoridad y un interés en defender sus propias prerrogativas, de este modo se limitaba la capacidad de cualquiera de los Poderes para usurpar el poder.
En consecuencia, los Fundadores confirieron al Congreso el poder de legislar (el hacer las leyes), al presidente el poder de ejecutar (el hacer cumplir las leyes) y a las cortes el poder de juzgar (el interpretar las leyes y decidir casos concretos y basados en los hechos). No obstante, incluso estos poderes no son irrestrictos. Las cortes federales, por ejemplo, sólo pueden instruir «casos o controversias»: No pueden emitir opiniones consultivas. Las cortes no pueden opinar sobre una ley a su elección, ni siquiera a petición del presidente mismo, sino que deben esperar por un verdadero caso entre verdaderas partes agraviadas para presentarse debidamente ante la corte.
Al explicar el Poder Judicial según la Constitución, Hamilton señaló que las cortes tendrían la autoridad para determinar si las leyes aprobadas por la legislatura eran congruentes con la ley superior y fundamental de la Constitución. Si una ley es contraria a la Constitución, entonces dicha ley sería nula. Por tanto, no sorprende que la Corte Suprema manifestara su conformidad en el caso Marbury vs. Madison, reafirmando acertadamente su autoridad, más conocida como «revisión judicial», para legislar sobre la validez de las leyes. Al contemplar la validez de una disposición de la Ley del Poder Judicial de 1789, el presidente de la Corte Suprema John Marshall declaró que «es enfáticamente jurisdicción y obligación de la rama judicial decir qué es ley».
Sin embargo, la Corte Marbury no afirmaba que las cortes tuvieran la autoridad exclusiva o suprema para interpretar la constitucionalidad de las leyes. Los otros Poderes del Estado también son legítimamente responsables de interpretar la Constitución. El presidente, por ejemplo, presta un juramento de fidelidad a la Constitución y cumple este juramento al determinar qué leyes firma. Mientras que el presidente puede firmar o vetar leyes por razones políticas o normativas, el presidente cumple fielmente con su juramento al vetar legislación si cree que ésta viola la Constitución. Si la ley fue firmada por uno de sus predecesores, un presidente puede incurrir en la interpretación constitucional optando por no ejecutarla, si él cree que es inconstitucional.
De este modo, el presidente Thomas Jefferson ordenó a su procurador general, no ejecutar la Ley de Extranjería y Sedición, porque creía que violaba la Primera Enmienda. Jefferson lo hizo a pesar de que algunas cortes habían sostenido que la ley era constitucional. La medida de Jefferson es uno de los primeros ejemplos prácticos del presidente usando su rol y criterio independientes a la hora de interpretar la Constitución.
Los miembros del Congreso también prestan un juramento de fidelidad a la Constitución. El Congreso interpreta la Constitución al decidir qué leyes promulgar. El Congreso puede y (en realidad) decide aprobar o rechazar legislación por razones políticas o normativas, pero cuando sus miembros rechazan legislación que violaría la Constitución, están actuando de acuerdo a sus juramentos.
Así es como se supone que nuestro sistema funciona. Pero con el tiempo, la Corte Suprema ha acaparado poder al declarar que «la Magistratura federal es suprema en la exposición de la ley de la Constitución». La Corte Suprema ha ido aún más lejos declarando que sus decisiones al interpretar la Constitución son la ley suprema del país.
Desafortunadamente, los poderes políticos se han adherido en gran medida a estas desmesuradas afirmaciones. Por ejemplo, cuando el Congreso estaba meditando sobre la Ley Bipartita de Reforma Electoral, conocida popularmente como McCain-Feingold, y que imponía numerosas restricciones a la libertad de expresión en las elecciones, sus miembros pronunciaron discursos reconociendo que las disposiciones de la ley probablemente eran inconstitucionales. Eso debería haber bastado para cerrar el debate.
Sin embargo, algunos miembros sorprendentemente llegaron a afirmar que, en asuntos de constitucionalidad, era la Corte Suprema, no el Congreso, quien decide y que el Congreso debería pasar dicha ley ya que era demasiado importante como para no promulgarla. Ésta fue una abdicación flagrante del papel del Congreso a la hora de determinar la constitucionalidad de la legislación.
Del mismo modo, cuando el presidente George W. Bush firmó la legislación, emitió una declaración afirmando que esperaba que las cortes resolvieran sus «reservas sobre la constitucionalidad» de las disposiciones de la ley. Una vez más esto dejaba a las cortes responder a cuestiones constitucionales que el presidente podría y debería haber decidido él mismo. Por lo tanto, debido a la aquiescencia del Congreso y del presidente, el Poder más débil ha tenido éxito en gran medida con su autoconsagración de supremacía.
Las cortes federales no sólo han amasado poder. También han cambiado la forma en la que los jueces ejecutan una de las funciones básicas del Poder Judicial: La interpretación de las leyes. El papel apropiado de un juez en una república constitucional es uno de modestia. Nuestro gobierno es de leyes y no de hombres. Esta verdad básica exige que las controversias se decidan sobre la base de lo que la ley realmente dice, no en los caprichos de los jueces.
Para determinar si una ley impugnada es congruente con la Constitución, los jueces actúan dentro de su poder judicial de manera apropiada cuando aplican el significado público original de las palabras de la ley y la Constitución. Esto forzosamente significa que los jueces, al actuar conforme a sus obligaciones constitucionales, a veces ratificarán leyes que pueden ser mala política y derogarán leyes que pueden ser buena política. Esto es porque la revisión judicial exige que el juez determine no si la ley conduce a buenos o malos resultados, sino si la ley viola la Constitución.
En las últimas décadas, los jueces se han metido en el activismo judicial, decidiendo casos según sus propias preferencias políticas en vez de aplicar la ley con imparcialidad y en consonancia con su significado público original. Se han quedado fascinados con ideas como el «constitucionalismo viviente», teoría según la cual la Constitución evoluciona y cambia, pero no a través del proceso de enmienda establecido en la propia Constitución, sino como resultado de las decisiones de los jueces, quienes supuestamente sirven como supremos árbitros sociales. Se fundamentan en fuentes externas tales como leyes extranjeras cuando el resultado que buscan no concuerda con el significado público original de la ley en revisión.
El magistrado progresista y activista William Brennan dijo la famosa frase: «Con cinco votos puedes hacer cualquier cosa por aquí», y es que cinco votos constituyen mayoría en la Corte Suprema. Haciendo honor al alarde de Brennan, las cortes federales han otorgado al gobierno federal el poder para regular asuntos que van mucho más allá de su autoridad constitucional. Las propias cortes se han adueñado del control de sistemas escolares y de prisiones durante décadas, al mismo tiempo, han creado nuevos derechos que no están en la Constitución; han mermado derechos constitucionales (como los derechos de propiedad) que al parecer no les gustan; y han afirmado tener la autoridad para decidir en cuestiones como la conducción de la Guerra contra el terrorismo, que están constitucionalmente reservados para el Congreso y el presidente.
Las cortes han intervenido cada vez más en lo que son realmente cuestiones políticas. De ese modo, han socavado la capacidad del pueblo americano para decidir sobre importantes asuntos a través de sus representantes electos. No sorprende que las cortes se hayan convertido en instituciones cada vez más politizadas y que el proceso de nombramiento y ratificación de los jueces también se haya politizado.
La Constitución es resistente y aporta su propio mecanismo de renovación. El presidente nombra, y el Senado confirma, a los jueces federales para desempeñar sus cargos observando buena conducta. Si Estados Unidos ha de ser nuevamente un país de leyes y no de hombres, el pueblo debe exigir a su presidente que nombre, y a sus senadores que confirmen, sólo magistrados que se ajusten al papel apropiado de un juez y que dicten sentencia basándose en las palabras y significado público y original de la Constitución.
Este artículo pertenece a la serie Entendiendo qué es América.