Antes de asumir sus cargos, todos los 435 miembros de la Cámara de Representantes y los 100 senadores tienen que jurar el cargo, un rito constitucional que tiene su origen en la época de la fundación del país. Reza el texto del Artículo VI de la Constitución de Estados Unidos: “Los Senadores y los Representantes antes mencionados se comprometerán bajo juramento o promesa a hacer cumplir esta Constitución”.
Los miembros del Congreso son investidos en sus cargos pronunciando el siguiente juramento:
Juro solemnemente que apoyaré y defenderé la Constitución de Estados Unidos contra cualquier enemigo externo o interno; que le seré verdaderamente fiel y leal; que asumo esta obligación libremente, sin reserva mental ni propósito de evadirla; que desempeñaré bien y fielmente los deberes del cargo que estoy próximo a ejercer. Que Dios me ayude”.
Este juramento por mandato constitucional desempeña dos papeles importantes. Al exigir que todos los miembros del Congreso – al igual que todos los miembros de legislaturas estatales y de todos los cargos ejecutivos y judiciales – juren defender la Constitución, la “Cláusula de los Juramentos” los obliga a respetar los límites de su autoridad y a actuar de acuerdo con los poderes delegados en ellos por la Constitución.
Además, el juramento sirve como solemne recordatorio de que el deber de defender la Constitución no es responsabilidad final del Poder Judicial sino que es compartida con el Congreso y el presidente como poderes de igual peso en el Gobierno de Estados Unidos. Como estipula el Artículo II, Sección 1 de la Constitución, el presidente también se compromete a “proteger y defender la Constitución de Estados Unidos”.
Con el objeto de ayudar a los legisladores a entender claramente sus deberes y poderes según la Constitución, habrá que recordarles siempre que los poderes legislativos que les otorga el Artículo I, Sección 1 no son suyos para que los deleguen a placer, por ejemplo a agencias del gobierno como la EPA,ya que el principio de no delegación es fundamental para el principio del gobierno limitado que responde al pueblo.
© Heritage.org (versión en inglés) – © Libertad.org (versión en español)